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Derechos y coutas


DERECHOS DE LOS AFILIADOS

1. Todos los afiliados al Sindicato de Trabajadores de la Administración Riojana, tienen derecho a ser representados y  defendidos, por los medios jurídicos y sindicales de conformidad con los intereses y normas que reglamentariamente se estipulen.

2. A participar, elegir y ser elegido, libre y democráticamente en los órganos que se establezcan.

3. A recibir información y asesoramiento, en cualquier situación laboral y sindical.

4. A obtener la formación que el Sindicato disponga para los afiliados. Ya sea a través de medios propios o concertados.

5. A darse de baja simplemente con la previa comunicación en forma escrita y directamente por parte del interesado (No se tramita la baja por mail, fax, teléfono, etc.)

6. A constituir Secciones Sindicales en los centros de trabajo, con el fin de agilizar y potenciar la labor sindical al amparo de la Ley 11/85 de 2 de agosto. La organización y coordinación de las mismas, quedará recogido en el Reglamento de Funcionamiento de los Órganos de Dirección del STAR y desarrollo de las nomas contenidas en los Estatutos.



CUOTAS

Se establecerán dos niveles de participación por parte de los afiliados en cuanto al abono de las cuotas.

Cuota normal: a todo afiliado que no manifieste otra cosa se le asignará una cuota normal, que para el ejercicio de 2012 será de 65 €/año, y que será abonada fraccionando su efectividad en dos pagos semestrales de 35 € cada uno.

Cuota reducida: En casos excepcionales podrá solicitarse la oportuna reducción de la cuota por parte de los interesados.

Para solicitar el pago de una cuota reducida será imprescindible la presentación de la oportuna solicitud ante la Comisión Ejecutiva que, para su aprobación, deberá tener en cuenta factores tales como: situación laboral, nivel de empleo, situación familiar, etc.

El ingreso de la cuota se realizará con carácter general a través del sistema de domiciliación bancaria.

Cualquier otro sistema de ingreso llevará aparejado el compromiso del afiliado de su correcta utilización teniendo en cuenta las normas generales de ingreso de las cuotas.

Cuando se produzca el impago de uno de los recibos se procederá a notificar al afiliado la situación, salvo en los casos en que este se haya producido por orden del afiliado.

El impago de la cuota producirá, como consecuencia inmediata, la baja como afiliado del Sindicato.