El presente Protocolo tiene por objeto el ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA DE CITA PREVIA Y ATENCIÓN AL PÚBLICO para todas las oficinas judiciales y fiscales así como para todos aquellos servicios y administraciones que en la actualidad se presten en cualquiera de los edificios al servicio de la administración de justicia en La Rioja.
SE EXCLUYE expresamente los REGISTROS CIVILES Y LAS OFICINAS EN FUNCIONES DE GUARDIA, en los que la atención al público se prestará con arreglo a su normativa específica.
Asimismo quedan también excluidos los SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA.
EL PRESENTE PROTOCOLO ENTRARÁ EN VIGOR EL 12 DE MAYO DE 2020. PROTOCOLO