ORDENANZA AGRUPACION PROFESIONAL.- plantilla de respuestas. El Tribunal Calificador hace pública la PLANTILLA DE RESPUESTAS del EJERCICIO UNICO de las pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo ORDENANZA AGRUPACION PROFESIONAL de Administración General, celebrado el día 24 de octubre de 2026.

El plazo para la presentación de solicitudes de reclamación : Del 28 de octubre al 30 de octubre del 2026, a través de la dirección www.larioja.org/empleopublico siguiendo la siguiente secuencia “Oposiciones” “Administración General” “Procesos selectivos OEP 2024”.

PLANTILLA DE RESPUESTAS

Plantilla de respuestas.- Publicado el 26/10/2026 en el tablón de anuncios del Gobierno de la Rioja y en la página web de Riojasalud la plantilla de respuestas examen del SERIS de la categoría Oficial de Mantenimiento.

El plazo para presentar impugnaciones a las respuestas es de 3 días hábiles contados desde el día siguiente de esta publicación (27/10/2026 al 29/10/2026).

 

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Se publica en el BOR la  Resolución, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información . 

  • Toma de posesión: deberá efectuarla ante la Secretaría General Técnica de la Consejería correspondiente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

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Publicado a fecha 26/10/2026 el nombramiento del personal estatutario fijo y se asignan plazas de la categoría de Enfermero/a Especialista en Enfermería en Enfermería Familiar y Comunitaria, turno libre, en el Servicio Riojano de Salud, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2023.

La toma de posesión deberá efectuarse en el Servicio Riojano de Salud, sito en la calle Piqueras, 98 (Hospital San Pedro), de Logroño, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

El destino adjudicado tendrá carácter provisional.

El título de personal estatutario fijo será enviado a las personas interesadas a través de la aplicación informática ABC.

 

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CAMBIOS EN EL CÁLCULO DE LAS BAJAS MÉDICAS A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE

El Real Decreto-ley 31/2026 modifica la base de cotización que se utiliza para calcular la prestación por incapacidad temporal e introduce otras mejoras de protección social.

El pasado 21 de octubre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre, para la mejora de la acción protectora de la Seguridad Social y de otras normas sociales, que introduce diversas modificaciones en materia de incapacidad temporal, conciliación familiar, pensiones y protección social.

Desde STAR queremos informar de las principales novedades de esta norma y, especialmente, de una modificación que puede tener consecuencias en el cálculo económico de las prestaciones durante las bajas médicas.

1. IMPORTANTE: CAMBIA EL MES DE REFERENCIA PARA CALCULAR LA INCAPACIDAD TEMPORAL

A partir del 1 de diciembre de 2026, la base reguladora de la prestación por incapacidad temporal se calculará, con carácter general, tomando como referencia la base de cotización de dos meses antes del inicio de la baja médica, en lugar de la correspondiente al mes inmediatamente anterior.

Esto supone un cambio respecto al sistema utilizado hasta ahora:

  • Hasta el 30 de noviembre de 2026: se toma como referencia la base de cotización del mes anterior a la baja.

  • Desde el 1 de diciembre de 2026: se tomará como referencia la base de cotización del segundo mes anterior a la baja.

Ejemplo práctico:

Si una persona trabajadora inicia una baja médica el 15 de diciembre de 2026:

  • Con el sistema anterior, la prestación se calcularía tomando como referencia la base de cotización de noviembre.

  • Con la nueva regulación, se utilizará la base de cotización de octubre.

Este cambio afecta al cálculo de las prestaciones por contingencias comunes y profesionales, con las particularidades previstas para cada situación.

La norma contempla excepciones para las personas que hayan comenzado a trabajar en la empresa durante el mes anterior o en el mismo mes en que se produce la baja.

2. ¿QUÉ CONSECUENCIAS PUEDE TENER EN LA CANTIDAD QUE SE PERCIBE?

La modificación no supone, por sí misma, una reducción de los porcentajes legales aplicables a las prestaciones de incapacidad temporal.

Sin embargo, puede producir diferencias en la cuantía de la prestación cuando las bases de cotización de los dos meses anteriores no sean iguales.

Esta circunstancia puede resultar especialmente relevante para quienes tengan retribuciones variables, hayan experimentado modificaciones de jornada o hayan tenido cambios retributivos que afecten a sus bases de cotización.

Por tanto, dependiendo de cada situación, el nuevo sistema de cálculo puede dar lugar a una prestación superior, inferior o idéntica a la que hubiera correspondido con la regulación anterior.

3. ¿CÓMO AFECTA AL PERSONAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS?

La nueva regulación afecta también al personal funcionario, estatutario y laboral incluido en el Régimen General de la Seguridad Social.

No obstante, es importante diferenciar la prestación económica reconocida por la Seguridad Social de los complementos retributivos que puedan corresponder durante la incapacidad temporal.

En aquellas administraciones públicas donde existan acuerdos o disposiciones que garanticen determinados complementos económicos durante las bajas médicas, habrá que atender a su regulación específica.

La modificación de la base reguladora no implica, por sí sola, la desaparición de esos complementos ni una reducción automática de las retribuciones finales que percibe el personal público.

Por otra parte, el personal funcionario incluido en los regímenes especiales de mutualismo administrativo, como MUFACE, MUGEJU o ISFAS, cuenta con una regulación específica de sus prestaciones económicas, por lo que no debe trasladarse automáticamente a estos colectivos la nueva fórmula de cálculo del Régimen General.

4. OTRAS NOVEDADES DEL REAL DECRETO-LEY 31/2026

Además de la modificación del cálculo de las prestaciones por incapacidad temporal, la norma introduce otras medidas de interés:

Nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal. Se incorporan determinados supuestos derivados de patologías limitantes por trastorno menopáusico secundario y de lesiones causadas por violencia de género, con una protección específica y sin exigencia de períodos mínimos de cotización.

Mejoras en la conciliación familiar. Se amplía la protección para el cuidado de hijos e hijas afectados por cáncer u otras enfermedades graves, flexibilizando determinados requisitos y permitiendo que ambos progenitores puedan acceder simultáneamente a la prestación, en las condiciones establecidas legalmente.

Pensiones de viudedad. Se facilita el acceso a esta prestación para determinadas parejas de hecho con hijos en común, flexibilizando los requisitos de acreditación de la relación.

Mayor protección social. Se introducen mejoras en determinadas prestaciones de orfandad, especialmente en situaciones de violencia contra la mujer, así como otras medidas relacionadas con la protección de colectivos vulnerables.

5. ENTRADA EN VIGOR

El Real Decreto-ley entró en vigor, con carácter general, el 21 de octubre de 2026, aunque algunas de sus disposiciones tienen fechas de aplicación diferentes.

En particular, el nuevo sistema de cálculo de la base reguladora de incapacidad temporal producirá efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

STAR INFORMA

Desde STAR consideramos especialmente importante que las personas trabajadoras conozcan esta modificación y sus posibles consecuencias económicas.

Prestaremos especial atención a su aplicación en las distintas administraciones públicas, así como a su relación con los acuerdos y disposiciones que regulan los complementos económicos durante las situaciones de incapacidad temporal.

Nuestro objetivo es que la aplicación de esta nueva normativa se realice con las debidas garantías y respetando los derechos económicos que correspondan a cada persona trabajadora.

Ante cualquier duda sobre el cálculo de una prestación por incapacidad temporal o sobre las retribuciones correspondientes durante una baja médica, puedes consultar con STAR.

Referencia normativa: Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre. BOE de 21 de octubre de 2026, núm. 261. Especialmente, artículo primero, apartado cuatro, y disposición final cuarta.

Profesores interinos en programas educativos en el exterior: AustraliaPrórroga de listas para curso 2027.

Se publica resolución tiene por objeto exclusivamente la prórroga de las listas de aspirantes ya constituidas para el curso 2026, sin que suponga la apertura de un nuevo procedimiento de formación de listas ni la incorporación de nuevas personas aspirantes.

Plazo de presentación de solicitudes: desde el 20/10/2026 a las 00:00 hasta el 09/11/2026 a las 23:59 ENLACE

Se publican los listados provisionales de la convocatoria extraordinaria de Latin y la resolución de la convocatoria extraordinaria de Aleman. 

- CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE LATÍN LISTADOS PROVISIONALES

Ha salido publicada la Resolución donde aparecen  los listados provisionales de personas admitidas y personas excluidas en la convocatoria extraordinaria  al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria: Latín.

Presentación de reclamaciones del 22 al 26 de octubre de 2026, ambos incluidos. ENLACE

- CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA ALEMAN ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS

Se ha publicado la Resolución por la que se aprueba la convocatoria extraordinaria para seleccionar aspirantes a desempeñar puestos de interinidad del cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: Alemán.

El plazo para presentar las solicitudes de participación es del 22 al 28 de octubre de 2026. En el siguiente enlace tenéis toda la información relativa a los requisitos de participación. ENLACE

Nombramiento del personal estatutario fijo y se asignan plazas, OEP 2022, 2023 y 2024.- Publicado en el BOR del 21/10/2026 el nombramiento personal estatutario fijo y se asignan plazas de la categoría de Enfermero/a especialista en Enfermería del trabajo en el Servicio Riojano de Salud, por el turno libre y de promoción interna, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2022.

La toma de posesión deberá efectuarse en el Servicio Riojano de Salud, sito en la C/Piqueras, 98 (Hospital San Pedro), de Logroño, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja (22/10/2026 al 21/11/2026)

El título de personal estatutario fijo será enviado a las personas interesadas a través de la aplicación informática ABC.

Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo.

ver enlace Enfermero/a del trabajo

Ver enlace Enfermeria

 

Relación definitiva de personas aprobadas y elección de vacantes
Se publica en el BOR, la  Resolución 2456/2026, de 17 de septiembre,  por la que se hace pública la relación definitiva de personas aprobadas y la relación de vacantes a elegir por las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Técnico Informático) (F.32/21).
 

 

Se convoca Comisión de servicio para el Cuerpo de Auxilio Judicial en la Oficina Judicial de Nájera. 

Resolución 1277/2026 de 4 de septiembre, de la Dirección General de Justicia e Interior por la que se convoca provisión temporal mediante el sistema de comisión de servicios de puesto de trabajo vacantes entre personal funcionario de carrera del cuerpo de Auxilio Judicial.

Los interesados deberán realizar su solicitud de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja en la siguiente dirección www.larioja.org/justicia. Deberán rellenar la solicitud que figura en la misma y aportar los documentos requeridos y firmarla, todo ello con certificado digital. El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

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