Publicada las bases y convocatoria para la selección y provisión en propiedad, de una plaza de Administrativo de Administración General del Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro.

Solicitudes: desde 12 de abril al 12 de mayo.

Presentación de solicitudes: se realizará de forma presencial en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro, de lunes a viernes (excepto festivos), en horario de 8:00 a 15:00 horas.

VER ENLACE

 

Hoy 17 de marzo de publica en el BOR  la  Resolución 454/2022, de 15 de marzo, de la Dirección General de Justicia e Interior, por la que se convoca provisión temporal mediante el sistema de comisión de servicio de puestos de trabajo vacantes entre personal funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial. Ver enlace

Solicitud

  • Documentación: presentar instancia en el anexo II
  • Forma: electrónicamente en la dirección larioja.org/justicia
  • Plazo:Del 18 al 24 de marzo de 2022.

Publicada la relación de aprobados del primer ejercicio de Trabajador/a Social:

Plazo de subsanación: Hasta el 18 de marzo de 2022

Fecha hora y lugar de la realización del segundo ejercicio: El segundo ejercicio tendrá lugar el día 5 de abril de 2022 a las 16:30 h en la Escuela z Riojana de Administración Pública.

Relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración especial (Ingeniero Técnico Agrícola) Ver enlace

Plazo de Subsanación: Las personas excluidas disponen hasta el 24 de enero. La solicitud deberá efectuarse  a través de la siguiente dirección

Primer ejercicio: 12 de marzo de 2022 a las 17 horas en el  IES Tomás Mingot (Siete infantes de Lara nº1 Logroño)

RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL SOBRE EL RECONOCIMIENTO DEL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 86.B) DEL REGLAMENTO DEL MUTUALISMO JUDICIAL APROBADO POR REAL DECRETO 1026/2011, DE 15 DE JULIO

Para la concesión del derecho al subsidio por incapacidad temporal previsto en el artículo 86.b) del Reglamento del Mutualismo Judicial, el mutualista deberá encontrarse en situación de incapacidad temporal y cumplir con los requisitos y condiciones previstos en los artículos 87 y siguientes del citado Reglamento.

Debido  a los  retrasos en el cobro del subsidio por parte de los mutualistas afectados se publica  el Reconocimiento de subsidios por incapacidad temporal en el cual se recogen las siguientes medidas:

  • Reconocer de oficio el derecho de los y las mutualistas al subsidio por incapacidad temporal previsto en el artículo 86.b) del Reglamento del Mutualismo Judicial, desde el séptimo mes en que se encuentren en situación de incapacidad temporal y sin necesidad de petición expresa por los interesados, siempre que se cumpla con los requisitos y condiciones previstos en los artículos 87 y siguientes del citado Reglamento.
  • En todo caso, para la efectividad del reconocimiento del derecho a que se refiere el apartado primero y el consiguiente devengo de la prestación, la Mutualidad General Judicial deberá tener constancia previa de la concesión de las pertinentes licencias por el órgano de personal que corresponda, según lo establecido en el artículo 83 del Reglamento del Mutualismo Judicial; asimismo, deberá obrar en la Mutualidad el certificado de retribuciones del primer mes de la baja a que se refiere el artículo 91.2 del Reglamento mencionado.
  • Esta resolución entrará en vigor al día 1 de enero de 2022