Tras la Mesa Sectorial de Justicia del día 13 de diciembre de 2021, se aprueba el calendario laboral 2022 para el personal de  la Administración de Justicia

JORNADA

  • La duración mínima de la jornada de trabajo será de 37, 5 horas semanales.
  • El tiempo fijo o estable será de 9.00 a 14.30 h.
  • La jornada reducida por fiestas locales es de 27 horas por motivo de fiestas patronales.
    • 2 días en fiesta mayor
    • 1 día en fiesta menor
  • Jornada de verano estará comprendida entre el 16 de junio y el 30 de septiembre, ambos incluidos, dicha jornada se realizara:
    • lunes y viernes entre las 7:30 y las 16:00 horas
    • martes, miércoles y jueves entre las 7:30 y las 18:00 horas
    • obligada presencia de lunes a viernes entre las 9:00 y las 14:30 horas

PAUSA DURANTE LA JORNADA

La pausa durante la jornada  por un periodo de 30  minutos, que computa como trabajo efectivo. Se podrá fraccionar en periodos inferiores hasta completar el total de treinta minutos durante la jornada y tambien se podrá disfrutar al principio o al final de la jornada.

PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES

  • 9 días de asuntos particulares
  • 3 días adicionales más en compensación de festivos (24, 31 diciembre y 1 de enero)

En total 12 asuntos particulares para disfrutar a lo largo el año.

VACACIONES

  • 22 días de vacaciones , que se podrán disfrutar preferentemente en los meses de julio, agosto y septiembre , en períodos mínimos de 5 días  hábiles consecutivos , salvo 7 días que podrán disfrutarse de forma independiente y a estos días SI que se les puede unir a las asuntos particulares.
  • En el caso en que el funcionario o la funcionaria no haya podido disfrutar de sus vacaciones anuales correspondientes como consecuencia de la situación por parto, permiso por paternidad, o incapacidad temporal, podrá disfrutarlas en fechas distintas pero dentro de un año natural.

DÍAS ADICIONALES VACACIONES POR ANTIGÜEDAD:

  • Quince años de servicio: veintitrés días hábiles
  • Veinte años de servicio: veinticuatro días hábiles
  • Veinticinco años de servicio: veinticinco días hábiles
  • Treinta o más de servicio: veintiséis días hábiles

DÍAS ADICIONALES LIBRE DISPOSICIÓN POR ANTIGÜEDAD

  • 2 días adicionales de permiso por asuntos particulares desde el día siguiente al del cumplimiento  del sexto trienio, incrementándose como máximo en 1 día adicional  por cada trienio cumplido a partir del octavo.

Para cualquier consulta ponte en contacto con el Sector de Justicia del Sindicato STAR

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.    941 262024

14 diciembre 2021/Sector Justicia

Breve

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